Transcripción video:
¡Hola!
Soy Beatriz Aramburu y vivo en Benidorm, en el edificio Acacias IV. Llevo un blog que lleva por título CORRUPCIÓN
COMUNIDADES PROPIETARIOS.
En
este video voy a comentar un poco La Ley de Propiedad Horizontal y sus
deficiencias, según mi opinión.
La
ley, para mí, es absolutamente ambigua fruto de un desconocimiento por la
Administración del funcionamiento real de las comunidades de propietarios,
vamos, que los que legislan parece no tienen ni idea de cómo funcionan, y esto
da pie a la anarquía, agravada además porque no contempla vías para hacer
respetar la legalidad, con lo cual se convierte, en parte causante de esa
corrupción.
Por
ejemplo: Yo mando un email, o un burofax, o un requerimiento notarial, etc. a
la presidenta y al administrador para que incluyan en el orden del día ciertos
puntos que quiero se debatan. Veo que en la convocatoria a la junta no los incluyen ¿y ahora qué?
Celebrada
la junta, veo que en el acta no están reflejados ciertos asuntos que se han
debatido, o veo que los tergiversan, o añaden algunos de los que no se ha
hablado para nada, etc. ¿Y ahora qué?
Pido
revisar los votos y me lo deniegan. ¿Y ahora qué?
Quiero
ver ciertas facturas, y me dicen que no. ¿Y ahora qué?
Pido
el teléfono de un vecino o sus señas y me contestan que no, por la ley de
protección de datos. ¿Y ahora qué?
He
recibido un email, el primero que he recibido de un administrador y por eso voy
a contestarle aquí. Quiero señalar que le agradezco mucho su mensaje. Le
llamaré Gonzalo de Andalucía.
Me
dice en el primer párrafo:
“He visto el guión que ibais
a tratar en el programa de radio. Me va a permitir que no esté de acuerdo con
usted en cuanto a la opinión que tiene de la Ley de Propiedad Horizontal. Si
bien es cierto que hay que poner en vigor una nueva ley que se adapte a los
tiempos en los que vivimos no es menos cierto que cada vez que se ha modificado
ha sido para beneficiar a las Comunidades.”
Primero
me dice Vd. que no está de acuerdo conmigo respecto a mi opinión de la ley pero
luego me dice que hay que poner en vigor una nueva que se adapte a los tiempos
que vivimos. Ahí sí que me da en parte razón, no es lo adecuada que debería ser
la que tenemos. Luego me señala que cada vez que se ha modificado la ley ha
sido para beneficiar a la comunidad. Solo faltaba que la modificasen para
perjudicarnos.
El problema que tienen
ustedes, no los tiene que solucionar la LPH sino el Código Civil y el Código
Penal. Los Colegios como mucho y si las pruebas son consistentes llegarán a
inhabilitar al Administrador.
No sé si sabe que la Ley
25/2009 de 22 de diciembre conocida como Ley Omnibus exime de la colegiación
obligatoria, siendo esta solo necesaria para las profesiones jurídicas,
sanitarias y técnicas, concretamente en el manejo de explosivos.
Por tanto si estás
cualificado puedes ejercer la profesíón de Administrador de Fincas sin estar
colegiado. Yo pertenezco a una asociación profesional y mi hijo que también es
Administrador, está además de colegiado también en esta asociación.
Resumiendo,
me dice Vd. Don Gonzalo que el problema que tenemos nos lo tiene que solucionar
el juzgado, no el colegio, que la colegiatura no es obligatoria y que si estás
cualificado puedes ejercer de administrador. Más o menos.
Le
señalo que el colegio solo puede inhabilitar a quien esté habilitado y
colegiado. Si no lo está no hay nada que hacer, te dicen que busques un
abogado, que ellos no se hacen cargo de problemas ajenos a ellos.
El
disparate mayor que tiene la ley es precisamente ese, eximir de la colegiatura.
Está bien en un edificio de 10 pisos, con 30 vecinos, que se conocen todos, que
lo puede llevar un vecino que tenga un poco de conocimiento, pero ¿en uno de
300 apartamentos? ¿Es eso de recibo? Eso es una verdadera insensatez.
En
algunos casos funciona así: cualquier persona alquila un local, consigue un
programita de ordenador de contabilidad, pone un despacho aparente y ¡ale!, a
trincar.
Lo
de estar cualificado, por lo que yo he visto y vivido, los jueces con saber
leer y escribir y algún cursillito en academia de cualquier cosa, se da por
bueno. No exigen ni el bachiller.
Y
le voy a decir otra cosa, este es un país democrático, pero la tendencia de los
jueces es “el grupo antes que el individuo”. El individuo en general está muy
desprotegido, no puede ir contra de ninguna mayoría, muy difícil consiga nada.
Las ventajas de los colegios
oficiales son:
Póliza de Responsabilidad Civil que responde del
riesgo en las actuaciones profesionales de sus colegiados.
Póliza de Seguro de Caución establecida por el Código
Deontológico Europeo que garantiza la responsabilidad respecto a los fondos que
maneja.
El Colegio ejerce de mediador en los problemas que
puedan surgir.
Por tanto los propietarios se encuentran respaldados
por una Corporación de Derecho Público.
Ahora
bien para ser Administrador de Fincas propiamente dicho se necesita un título
oficial, como una diplomatura
o licenciatura, ahora un grado, con sus planes de estudio aprobados y
publicados en el BOE. Por lo tanto el título de “Administrador de fincas” no
puede utilizarlo alguien que no esté colegiado, porque es un título propio que
solamente concede el Consejo General de Administración de Fincas de España
Si tiene un propietario un problema con alguien no colegiado
solo le queda el juzgado como dice Vd., Prepare entre 1.500 y 2.000 euros para
el abogado y el procurador, y otro tanto si pierde y le toca pagar costas.
Hay que señalar que ya no existen los juicios de faltas donde
podías denunciar sin abogado y no había costas.
Esta es otra ley para ayudar al individuo a exigir sus
derechos, con lo cual si no eres millonario estas perdido.
Y ¡ojo! Que en este país parece como si fuese delito
denunciar el delito.
El
último párrafo del email que Vd. me envía:
“Dice el dicho que los
políticos, los abogados y los administradores de fincas son los más
sinvergüenzas. En todas las profesiones cuecen habas y hay sinvergüenzas y
gente honrada, entre los que me encuentro, prueba de ello es que nunca en mi
vida profesional he perdido ni una sola Comunidad. Desgraciadamente cada vez
que me llega una nueva y viene de otro Administrador te das perfecta cuenta del
porqué del cabreo de la gente”.
Aquí
parece que Vd. me comprende y que a pesar de todo, considera que tengo parte de
razón.
Agradezco
mucho su mensaje Don Gonzalo, no tengo ni la menor duda que Vd. realiza su
trabajo honradamente y espero me siga escribiendo y no se haya molestado por
usar su email para componer mi video.
Muchas
gracias.
Video enviado por Doña Encarna de Madrid